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Boda civil en Veracruz 2026: requisitos, testigos y plazos

El expediente son ocho documentos y dos de ellos no se consiguen el mismo día. Aquí está la lista tal como la enumera la ley, con la trampa del taller de salud y la del número de testigos.

Por , directora editorial Publicado el Actualizado el 10 min de lectura
La respuesta corta

Para casarte por el civil en Veracruz presentas un escrito ante el Oficial del Registro Civil del domicilio de cualquiera de los dos y le acompañas los ocho documentos del artículo 726 del Código Civil del Estado. Entre ellos va una constancia de asistencia a un taller de salud impartido por una institución pública. La boda se celebra dentro de los ocho días siguientes.

¿Qué papeles pide el registro civil en Veracruz?

Ocho, y están enumerados uno por uno en el artículo 726 del Código Civil del Estado. Los dos que nadie trae el primer día son la constancia del taller de salud y el certificado con el tipo de sangre.

Antes de esa lista va el escrito del artículo 725: nombres, apellidos, edad, ocupación, domicilio, nacionalidad y lugar de nacimiento de los dos y de sus padres, la declaración de que no hay impedimento legal y la de que es su voluntad unirse en matrimonio. Ese escrito lo firman ustedes, y si alguno no puede firmar, estampa sus huellas digitales delante del oficial.

Lo que se acompaña al escrito, artículo 726 del Código Civil de Veracruz
FracciónDocumentoDónde se consigue
IActa de nacimiento de los dosRegistro civil o portal de actas
IIIDeclaración de dos testigos mayores de edadSe ratifica ante el oficial
IVConstancia del curso o taller de saludInstitución pública de salud del estado
VCertificado con tipo de sangre y análisisSector salud estatal o médico titulado con cargo oficial
VIConvenio sobre los bienesLo redacta el oficial si ustedes no pueden
VIIActa de defunción, divorcio o nulidadSolo si alguno estuvo casado

Desliza la tabla para ver todas las columnas.

Las fracciones II y VIII aplican solo en casos concretos: consentimiento de terceros y dispensa de impedimento.

¿Qué es la constancia del taller de salud?

Es un papel que acredita que los dos asistieron a un curso o taller de salud sexual, reproductiva, prevención de adicciones y de enfermedades crónicas, contagiosas o hereditarias. Lo tiene que impartir una institución pública de salud del estado, no una clínica particular.

Entró al código con la reforma publicada en la Gaceta Oficial el 7 de agosto de 2008 y sigue vivo en el texto de 2026. Es el requisito que más retrasa expedientes, porque no depende de ustedes sino del calendario de la institución que da el taller. Pregunta la fecha del próximo el mismo día que empiezas a juntar papeles, no después.

Ojo con esto

El taller y el certificado médico son dos cosas distintas y se piden en fracciones distintas del mismo artículo. Traer uno no te exime del otro.

¿Qué tiene que decir el certificado médico?

Tres cosas, y la primera sorprende a todo el mundo: el tipo de sangre. Después van los resultados de los exámenes de laboratorio y una constancia de que no hay un trastorno que impida obligarse.

La fracción V del artículo 726 lo dice con esas palabras. Lo expide cualquier institución del sector salud estatal y, donde no haya, médicos titulados que desempeñen cargos oficiales del estado o municipales. Los resultados de los análisis son confidenciales: la ley aclara que sirven para informar a la pareja y remitirla a tratamiento, no para que el expediente los publique.

El oficial puede cerciorarse de que la firma del certificado es auténtica, según el artículo 728. Si el médico que firma no aparece en el sector salud estatal, ahí es donde se atora.

¿Necesitas dos testigos o cuatro?

Depende del momento. Para armar la solicitud basta la declaración de dos testigos que los conozcan a los dos, pero el día de la boda tienen que estar presentes dos por cada uno.

La fracción III del artículo 726 pide dos testigos mayores de edad que conozcan a los pretendientes y a quienes les conste que no hay impedimento legal. Y agrega: si no hay dos que conozcan a ambos, se presentan dos por cada uno. Hasta ahí, dos personas pueden bastar.

El artículo 730 es el que cambia la cuenta. Dice que en el lugar, día y hora designados deben estar presentes los pretendientes o su apoderado especial y dos testigos por cada uno de ellos, acreditando su identidad. O sea cuatro personas con identificación en la mano. Si armas la lista pensando en dos, el día de la ceremonia te faltan dos.

¿Cuánto pasa entre la solicitud y la boda?

Ocho días como máximo, contados desde que la solicitud queda completa. El artículo 729 dice que el matrimonio se celebrará dentro de los ocho días siguientes, en el lugar, día y hora que señale el oficial.

Eso no significa que puedas llegar el lunes y casarte el martes. El reloj de los ocho días arranca cuando el expediente está armado y las firmas ratificadas, y armarlo depende del taller de salud, del laboratorio y de las actas. En la práctica, lo que se agenda con meses es la fecha; lo que se mete con días es el papeleo.

Si el día señalado alguno de los testigos no llega con identificación, la ceremonia se cae por el artículo 730 y hay que volver a agendar.

¿En qué oficialía se entrega el expediente?

En la del domicilio de cualquiera de los dos. El artículo 725 dice literalmente que el escrito se presenta al Oficial encargado del Registro Civil del domicilio de cualquiera de ellas.

Esa frase da margen y conviene usarla. Si uno vive en el puerto y el otro en un municipio chico, tienes dos ventanillas legales para elegir y puedes quedarte con la que tenga la agenda más despejada. Lo que no puedes es escoger una oficialía donde ninguno de los dos tenga domicilio solo porque ahí será la fiesta.

Confirma en la ventanilla qué acredita el domicilio en su criterio, porque ese detalle no está en el código y cada oficialía lo pide a su manera.

¿Cuánto cuesta la boda civil en Veracruz?

El Código Civil no fija tarifa. Solo dice qué se entrega y en qué plazo, así que el importe se pregunta en la oficialía que te toca y se paga aparte del expediente.

Lo que sí conviene separar desde el principio son tres conceptos: la cuota del registro en oficina, el cargo por celebrarlo fuera de la oficina y el costo de las copias certificadas del acta. Los tres se actualizan cada enero y ninguno viene incluido en el otro. Cuando un proveedor te dé un número redondo por "el trámite completo", pide el desglose de esos tres.

¿Y si el oficial pospone tu boda sin motivo?

El código lo prevé y lo sanciona. El artículo 740 dice que el encargado del Registro Civil que sin motivo justificado retarde la celebración de un matrimonio será castigado la primera vez con una multa de cien pesos y, si reincide, con la destitución del cargo.

La cifra es simbólica, viene de un texto antiguo y no te compensa nada. Pero la existencia del artículo sí sirve: es el fundamento para pedir por escrito que se te señale día y hora, en lugar de aceptar un "vuelva la próxima semana". Pide siempre copia sellada del escrito de solicitud el día que lo entregas. Sin ese sello no puedes probar cuándo empezaron a correr los ocho días.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos testigos se necesitan para casarse por el civil en Veracruz?

Cuatro el día de la ceremonia. El artículo 730 del Código Civil del Estado exige que estén presentes dos testigos por cada contrayente, con identificación. Para armar la solicitud basta la declaración de dos testigos que conozcan a los dos, según la fracción III del artículo 726.

¿Qué es la constancia de taller de salud que piden en Veracruz?

Un documento que acredita que los dos asistieron a un curso o taller de salud sexual, reproductiva, prevención de adicciones y de enfermedades crónicas o hereditarias, impartido por una institución pública de salud del estado. Lo exige la fracción IV del artículo 726 del Código Civil de Veracruz.

¿El certificado médico prenupcial de Veracruz incluye tipo de sangre?

Sí. La fracción V del artículo 726 pide que el certificado haga constar el tipo de sangre de los dos, los resultados de los exámenes de laboratorio y que no padecen un trastorno que afecte su capacidad de obligarse. Lo expide el sector salud estatal.

¿Cuánto tiempo pasa entre la solicitud y la boda civil en Veracruz?

El matrimonio se celebra dentro de los ocho días siguientes, en el lugar, día y hora que señale el oficial del registro civil, según el artículo 729 del Código Civil del Estado. El plazo corre desde que la solicitud está completa y ratificada, no desde que llegaste a la ventanilla.

¿Puedo casarme en una oficialía donde no vivo?

El escrito se presenta ante el oficial del registro civil del domicilio de cualquiera de los dos contrayentes, según el artículo 725. Si cada uno vive en un municipio distinto tienes dos ventanillas para elegir, pero no una tercera solo porque ahí sea la fiesta.

¿Quién redacta el convenio sobre los bienes?

Ustedes, y si no pueden por falta de conocimientos lo redacta el oficial del registro civil con los datos que ustedes le den, según el artículo 727. El convenio no se puede omitir ni alegando que no hay bienes: en ese caso versa sobre los que se adquieran durante el matrimonio.

¿Qué pasa si el oficial retrasa la ceremonia sin razón?

El artículo 740 del Código Civil de Veracruz prevé una multa de cien pesos la primera vez y la destitución del cargo en caso de reincidencia para el encargado que sin motivo justificado retarde una boda. Conviene pedir copia sellada de la solicitud el día que se entrega.

¿Se puede casar alguien que no asiste, por poder?

Sí. El artículo 730 permite que en lugar del contrayente comparezca un apoderado especial constituido en la forma que prevé el artículo 662 del mismo código. Los testigos sí tienen que estar presentes en persona y acreditar su identidad ante el oficial.

Fuentes

Cada cifra de esta página sale de una de estas fuentes. La fecha es el día en que la consultamos.

  1. Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, artículos 725 a 741. Texto compilado por la Coordinación de Investigaciones Legislativas del Congreso del Estado, actualizado a la Gaceta Oficial del 7 de marzo de 2025. veracruz.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
  2. H. Congreso del Estado de Veracruz, compilación de leyes vigentes del estado. legisver.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
  3. Ficha oficial del trámite de matrimonio civil, catálogo nacional de trámites del Gobierno de México. gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
  4. Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación: compilación de la legislación estatal vigente. ordenjuridico.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
  5. Cuota de registro de matrimonio en Veracruz. El Código Civil del Estado no fija el importe y el arancel se actualiza cada ejercicio fiscal. Conviene confirmarlo en la ventanilla de la oficialía que te corresponde. Verificado el 13 de agosto de 2026.

Cómo verificamos esto

Para esta guía leímos el texto del Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave que publica el gobierno del estado, compilado por la Coordinación de Investigaciones Legislativas del Congreso y actualizado a la Gaceta Oficial del 7 de marzo de 2025. De ahí salen los artículos 725 a 741: la lista de documentos, el número de testigos, el plazo de ocho días y la sanción al oficial que retrasa una boda.

Verificamos cada dirección con una petición GET el 13 de agosto de 2026 y solo enlazamos las que respondieron 200. La cuota de registro no aparece en el código y no encontramos un arancel estatal publicado que la fije para 2026, así que va sin liga y con la advertencia de preguntarla en ventanilla.

Qué puede cambiar: el Congreso del Estado reforma el código sin aviso y las oficialías ajustan sus criterios de domicilio y de agenda cada administración. Antes de comprometer una fecha, confirma el plazo y la lista con la oficialía donde vas a entregar.

Vianey Díaz

directora editorial

Fundó su estudio de fotografía de bodas en 2023, después de más de 10 años detrás de la cámara en la costa de Quintana Roo. Dirige Bodas MX, trabaja en español e inglés y firma las guías de trámites y permisos. Quién publica este sitio está declarado en Acerca de.