Contrato de DJ o grupo: lo que casi nunca está escrito
Casi todos los contratos de música traen la fecha, el precio y poco más. Las cuatro cosas que deciden cómo suena tu fiesta suelen quedar en una conversación de WhatsApp.
Cuatro líneas que casi nunca están escritas: horas exactas de tocada y de descanso, equipo de respaldo, requerimiento eléctrico en watts y número de circuitos, y qué ocurre si el músico titular no se presenta. La última es la que decide si te mandan un sustituto sin avisarte, y se blinda nombrando a la persona en el contrato.
1. ¿Cuántas horas exactas toca y cuándo descansa?
Con hora de inicio, hora de conclusión y el reparto de los descansos escrito. Un contrato que dice "cinco horas de música" y nada más deja tres decisiones al criterio del proveedor.
La norma lo pide de forma general. El numeral 5.1.6 de la NOM-174-SCFI-2007 exige que el contrato señale lugar, fecha y hora para la recepción, prestación y conclusión del servicio. En música eso se traduce en cuatro horas distintas: llegada al montaje, prueba de sonido, arranque y cierre.
El descanso es el punto que más se discute con grupos en vivo. Que el contrato diga cuántos descansos, de cuántos minutos cada uno y qué suena mientras tanto. Si el grupo descansa cuarenta minutos y nadie previó música grabada de relleno, tienes cuarenta minutos de silencio a mitad de la fiesta. Y si vas a pedir horas extra, que el precio de la hora adicional venga pactado desde ahora, no negociado a la una de la mañana.
2. ¿Qué equipo de respaldo hay, pieza por pieza?
Se pacta por pieza, no con una frase. "Contamos con equipo de respaldo" no dice nada exigible el día que se quema una consola.
La lista mínima que conviene nombrar es corta: consola o mezcladora, bocinas principales, micrófonos inalámbricos, cables y una laptop o reproductor. De cada una, que el contrato diga si el respaldo está en el lugar del evento o disponible en bodega, y cuánto tarda en llegar si está en bodega. Media hora de traslado a las diez de la noche es media hora de fiesta perdida.
El mismo apartado sirve para fijar quién opera el equipo del salón si el salón tiene sonido propio, y quién responde si algo se daña. Sin esa línea, la noche del evento tendrás a dos proveedores señalándose entre ellos mientras tus invitados esperan.
3. ¿Cuántos watts pide y en cuántos circuitos?
El dato se pide por escrito al proveedor de música y se entrega por escrito al salón. Es la coordinación que nadie hace y la causa más común de un apagón a mitad del primer baile.
Pide dos números y una condición: cuántos watts consume el equipo completo, en cuántos circuitos independientes necesita repartirse y si requiere tierra física o regulador. Con esos datos, el salón te dice si su instalación los aguanta o si hace falta planta de emergencia. Si hace falta, ya sabes quién la paga antes de la boda y no durante.
Manda el requerimiento eléctrico al salón por correo, con copia al proveedor de música, y pide acuse. Ese correo es la prueba de quién sabía qué. Cuando se cae la luz, la conversación pasa de opiniones a fechas de correo en treinta segundos.
4. ¿Qué pasa si el titular no se presenta?
Esta es la línea que decide si te mandan un sustituto sin avisar. Se blinda con dos frases: el nombre de la persona que va a tocar y qué ocurre si no puede.
Contratar "a la empresa" y no a la persona es lo que abre esa puerta. Si el contrato nombra al titular y el proveedor lo cambia por su cuenta, está modificando de forma unilateral el contenido de lo pactado, y una cláusula que se lo permita cae en la fracción I del artículo 90 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que la tiene por no puesta. El artículo 10, además, prohíbe prestar servicios adicionales o distintos a los contratados sin tu consentimiento expreso.
Lo que sí se puede pactar es un sustituto aceptado de antemano. Escribe el nombre del titular, el nombre del suplente autorizado y el plazo mínimo de aviso por escrito para hacer el cambio. Eso convierte un problema de la noche del evento en un correo de la semana anterior.
¿Cómo se ven las cuatro líneas juntas?
Así, con la redacción que sirve y lo que ocurre cuando la línea falta. Cabe en media hoja y se manda por correo antes de firmar.
| Línea | Redacción que sirve | Qué pasa si falta |
|---|---|---|
| Horas | Llegada, prueba de sonido, arranque, cierre, descansos y precio de hora extra | Se negocia el tiempo extra a la una de la mañana |
| Respaldo | Respaldo por pieza, en sitio o en bodega, con tiempo de traslado | Media hora de fiesta perdida por una consola |
| Energía | Watts totales, número de circuitos, tierra física o regulador | Apagón durante el primer baile y nadie responsable |
| Titular | Nombre del titular, suplente autorizado y aviso mínimo por escrito | Llega alguien que nunca escuchaste tocar |
Desliza la tabla para ver todas las columnas.
Redacciones propuestas por Bodas MX a partir de los requisitos del numeral 5.1.6 de la NOM-174-SCFI-2007 y de los artículos 10 y 90 de la ley del consumidor.
¿Qué se puede exigir si no llegó o no cumplió?
La devolución de lo pagado y una bonificación con piso legal. El artículo 92 BIS reconoce el derecho a bonificación o compensación cuando el servicio sea deficiente, no se preste o no se proporcione por causas imputables al proveedor.
El artículo 92 TER fija el piso: la bonificación no podrá ser menor al veinte por ciento del precio pagado. No depende de lo que diga tu contrato y se pide junto con la devolución, no en lugar de ella.
Lo que no entra en la queja son los daños y perjuicios, que se reclaman ante un juez. Y para que cualquiera de las dos vías funcione hace falta prueba del mismo día: la hora exacta en que debía empezar, capturas de los mensajes de esa noche, video de la pista vacía con hora visible y el nombre de dos testigos. Cómo se arma el expediente y se presenta está en la guía de la queja, y las cláusulas que ni siquiera hay que discutir están en cláusulas ilegales en contratos de boda.
Preguntas frecuentes
¿Qué horas debe traer el contrato de un DJ?
Cuatro: llegada al montaje, prueba de sonido, arranque y cierre. El numeral 5.1.6 de la NOM-174-SCFI-2007 exige que el contrato señale lugar, fecha y hora para la recepción, prestación y conclusión del servicio. Agrega el reparto de descansos y el precio pactado de la hora adicional.
¿Pueden mandarme a otro DJ distinto al que contraté?
Si el contrato nombra al titular, cambiarlo por su cuenta es modificar unilateralmente lo pactado, y una cláusula que se lo permita cae en la fracción I del artículo 90 y se tiene por no puesta. Lo práctico es pactar de antemano un suplente autorizado y un plazo mínimo de aviso por escrito.
¿Qué es el equipo de respaldo y cómo se pacta?
Es el equipo que sustituye al que falla durante el evento. Se pacta pieza por pieza, no con una frase general: consola, bocinas, micrófonos, cables y reproductor, indicando si el respaldo está en el lugar o en bodega y cuánto tarda en llegar si está en bodega.
¿Por qué necesito saber los watts que consume el equipo?
Porque el salón necesita ese dato para decirte si su instalación lo soporta o si hace falta planta de emergencia. Pide los watts totales, el número de circuitos independientes y si requiere tierra física o regulador, y manda ese requerimiento al salón por correo con acuse.
¿El contrato de un DJ debe estar registrado en PROFECO?
La NOM-174-SCFI-2007 obliga al registro a los proveedores de eventos sociales. Si tu proveedor de música opera bajo ese giro, pídele la fecha y el número de registro. Si no lo tiene, su contrato sigue siendo de adhesión y le aplican igual las cláusulas tenidas por no puestas del artículo 90.
¿Cuánto me deben devolver si el DJ no llegó?
Lo pagado por un servicio que no se prestó, más la bonificación del artículo 92 TER, que no puede ser menor al veinte por ciento del precio pagado. Se piden juntas, no una en lugar de la otra, y hace falta prueba del mismo día para sostener el reclamo.
¿Puedo reclamar lo que perdí porque la fiesta se arruinó?
Ante la PROFECO no. Los daños y perjuicios quedan expresamente fuera de la queja, que solo cubre el cumplimiento de lo pactado. Para reclamar más allá del precio del servicio hay que ejercer acción judicial ante los tribunales competentes, con abogado.
¿Qué pruebas sirven si el proveedor de música falló?
Las del mismo día y con hora visible: capturas de los mensajes de esa noche, video corto de la pista sin música, fotografía del reloj o de la pantalla con la hora, el contrato con la hora pactada y el nombre de dos personas que puedan declarar lo que vieron.
Fuentes
Cada cifra de esta página sale de una de estas fuentes. La fecha es el día en que la consultamos.
- Norma Oficial Mexicana NOM-174-SCFI-2007, Prácticas comerciales, elementos de información para la prestación de servicios en general, numerales 5.1 y 5.1.6. Secretaría de Economía, texto publicado en el Diario Oficial de la Federación y firmado el 5 de octubre de 2007. dof.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Ley Federal de Protección al Consumidor, artículos 10, 90, 92 BIS y 92 TER. Cámara de Diputados, texto vigente con la última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2025. diputados.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
- Concilianet, PROFECO: los daños y perjuicios no son materia de reclamación en una queja. concilianet.profeco.gob.mx Consultado el 13 de agosto de 2026.
Cómo verificamos esto
El requisito de horas del numeral 5.1.6 y la lista de giros obligados a registro del numeral 5.1 salen del texto de la NOM-174-SCFI-2007 publicado por el Diario Oficial de la Federación, leído el 13 de agosto de 2026. Las cláusulas tenidas por no puestas, la prohibición de servicios distintos a los contratados y el piso de bonificación del veinte por ciento salen del texto vigente de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con la última reforma del 12 de diciembre de 2025.
Las redacciones propuestas en la tabla son nuestras: traducen esos requisitos al lenguaje de un contrato de música y no son citas textuales de ninguna norma ni de ningún proveedor. Verificamos cada dirección con una petición GET y solo enlazamos las que respondieron 200.
Qué puede cambiar: si tu proveedor de música opera bajo un giro distinto al de eventos sociales, la obligación de registro puede no alcanzarlo, aunque su contrato siga siendo de adhesión. Este artículo no sustituye la revisión de un abogado sobre tu contrato concreto.
directora editorial
Fundó su estudio de fotografía de bodas en 2023, después de más de 10 años detrás de la cámara en la costa de Quintana Roo. Dirige Bodas MX, trabaja en español e inglés y firma las guías de trámites, permisos y contratos. Quién publica este sitio está declarado en Acerca de.